martes, 6 de septiembre de 2011

CAF de la ACTC: 2 fechas a Falaschi y 1 a Giallombardo


La ACTC sancionó a Guido Falaschi con dos fechas de suspensión y a Mauro Giallombardo con una fecha. Agustín Canapino y el piloto de TC Pista Federico Pérez fueron apercibidos.

La Comisión Asesora y Fiscalizadora de la ACTC dio a conocer los correspondientes comuniados de prensa en donde se detallan las sanciones a Guido Falaschi, Mauro Giallombardo, Agustín Canapino y al piloto de TC Pista Federico Pérez.

En referencia a la sanción para Falaschi, se expresa los siguiente:


"La Comisión Asesora y Fiscalizadora de la ACTC ha resuelto lo siguiente:
1) Aplicar al piloto de la categoría Turismo Carretera, Guido Falaschi, la sanción de dos fechas de suspensión por maniobra antideportiva efectuada en la competencia del autódromo de la ciudad de Paraná."

En tanto que las sanciones a los otros pilotos fueron detalladas en otro comunicado de prensa:

"La Comisión Asesora y Fiscalizadora de la ACTC ha resuelto lo siguiente:
1) Aplicar al piloto de la categoría Turismo Carretera, Mauro Giallombardo, la sanción de una fecha de suspensión por violación al artículo 17-002 inc. C del RDA, durante la última competencia disputada en el autódromo de la ciudad de Paraná.

2) Aplicar la sanción de apercibimiento al piloto de Turismo Carretera, Agustín Canapino, y al de TC Pista, Federico Pérez, por diversas maniobras peligrosas en los que se han visto involucrados en las últimas competencias de las dos categorías."


La propia ACTC se encargó de recordar en su sitio web oficial el detalle del actual Reglamento Deportivo Automovilístico (RDA) 2011 por el cual se rigen las distintas categorías que fiscaliza la CAF de la ACTC.

Allí dice expresamente en su capítulo 17 art. 17 – 002 inc.C que… se considera infracción grave "todo procedimiento fraudulento, maniobra desleal o actitud susceptible de perjudicar la corrección de las manifestaciones deportivas, o tendiente a influir en el resultado de una competencia, o que pongan de manifiesto una conducta antideportiva dolosa, intencional o de mala fe, o que damnifique los intereses de la ACTC".

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